El Banco de España establece los siguientes tipos de avales:
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Económico:
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La entidad de crédito avala a un cliente en operaciones por las que está obligado a pagar una determinada cantidad en un plazo previamente fijado.
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Dentro de este tipo se distinguen:
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los avales comerciales, cuando se avala el pago de cantidades derivadas de transacciones de naturaleza comercial como puede ser la compra a plazos de un coche.
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Y los avales financieros, la entidad responde del pago de créditos o préstamos concedidos por otras entidades de crédito a su cliente.
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Técnico:
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Es la entidad de crédito la que responde si su cliente incumple los compromisos que tiene al participar en concursos, subastas, ejecuciones de obras o contratos de suministro, por lo general ante un organismo público.