Ley 1/1996, de 10 de enero, de Asistencia Jurídica Gratuita
CAPÍTULO I. Derecho a la asistencia jurídica gratuita
- Artículo 1. Objeto de la Ley.
- Artículo 2. Ambito personal de aplicación.
- Artículo 3. Requisitos básicos.
- Artículo 4. Exclusión por motivos económicos.
- Artículo 5. Reconocimiento excepcional del derecho.
- Artículo 6. Contenido material del derecho.
- Artículo 7. Extensión temporal.
- Artículo 8. Insuficiencia económica sobrevenida.
CAPÍTULO II. Competencia y procedimiento para el reconocimiento del derecho a la asistencia jurídica gratuita
- Artículo 9. Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita.
- Artículo 10. Composición de las Comisiones de Asistencia Jurídica Gratuita.
- Artículo 11. Funcionamiento de las Comisiones de Asistencia Jurídica Gratuita.
- Artículo 12. Solicitud del derecho.
- Artículo 13. Requisitos de la solicitud.
- Artículo 14. Subsanación de deficiencias.
- Artículo 15. Designaciones provisionales y traslados.
- Artículo 16. Suspensión del curso del proceso.
- Artículo 17. Comprobación de datos, resolución y notificación.
- Artículo 18. Efectos de la resolución.
- Artículo 19. Revocación del derecho.
- Artículo 20. Impugnación de la resolución.
- Artículo 21. Requerimiento de designación de abogado y procurador.
- Artículo 21 bis. Sustitución del profesional designado
CAPÍTULO III. Organización de los servicios de asistencia letrada, defensa y representación gratuitas
- Artículo 22. Gestión colegial de los servicios de asistencia letrada, de defensa y de representación gratuitas.
- Artículo 23. Autonomía profesional y disciplina colegial.
- Artículo 24. Distribución por turnos.
- Artículo 25. Formación y especialización.
- Artículo 26. Responsabilidad patrimonial.
CAPÍTULO IV. Designación de abogado y de procurador de oficio
- Artículo 27. Efectos del reconocimiento del derecho.
- Artículo 28. Renuncia a la designación.
- Artículo 29. Especialidades del orden jurisdiccional penal.
- Artículo 30. Indemnización por el servicio.
- Artículo 31. Obligaciones profesionales.
- Artículo 32. Insostenibilidad de la pretensión.
- Artículo 33. Tramitación.
- Artículo 34. Nombramiento de segundo abogado.
- Artículo 35. Insostenibilidad en vía de recurso.
- Artículo 36. Condena en costas.
CAPÍTULO V. Subvención y supervisión de los servicios de asistencia jurídica gratuita
- Artículo 37. Subvención.
- Artículo 38. Gastos de funcionamiento.
- Artículo 39. Gestión colegial de la subvención.
- Artículo 40. Indemnización por baremo.
- Artículo 41. Quejas y denuncias.
CAPÍTULO VI. Régimen disciplinario
CAPÍTULO VII. Aplicación en España de tratados y convenios internacionales sobre asistencia jurídica gratuita
CAPÍTULO VIII. Asistencia jurídica gratuita en los litigios transfronterizos de la Unión Europea
Sección 1.ª Normas generales
- Artículo 46. Ámbito de aplicación.
- Artículo 47. Litigios transfronterizos.
- Artículo 48. Autoridades expedidoras y receptoras.
Sección 2ª. Reconocimiento del derecho en España
- Artículo 49. Requisitos para el reconocimiento del derecho.
- Artículo 50. Contenido material del derecho.
- Artículo 51. Solicitud del derecho.