Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio
TÍTULO PRELIMINAR. Naturaleza, objeto y ámbito de aplicación
- Artículo 1. Naturaleza del Impuesto.
- Artículo 2. Objeto del Impuesto.
- Artículo 3. Configuración como Impuesto cedido parcialmente a las Comunidades Autónomas.
- Artículo 4. Ámbito de aplicación.
- Artículo 5. Tratados y Convenios.
TÍTULO I. Sujeción al Impuesto: aspectos materiales, personales y temporales
CAPÍTULO I. Hecho imponible y rentas exentas
CAPÍTULO II. Contribuyentes
- Artículo 8. Contribuyentes.
- Artículo 9. Contribuyentes que tienen su residencia habitual en territorio español.
- Artículo 10. Contribuyentes que tienen su residencia habitual en territorio extranjero.
- Artículo 11. Individualización de rentas.
CAPÍTULO III. Período impositivo, devengo del Impuesto e imputación temporal
- Artículo 12. Regla general.
- Artículo 13. Período impositivo inferior al año natural.
- Artículo 14. Imputación temporal.
TÍTULO II. Determinación de la renta sometida a gravamen
TÍTULO III. Determinación de la base imponible
CAPÍTULO I. Métodos de determinación
CAPÍTULO II. Definición y determinación de la renta gravable
Sección 1.ª Rendimientos del trabajo
- Artículo 17. Rendimientos íntegros del trabajo.
- Artículo 18. Porcentajes de reducción aplicables a determinados rendimientos del trabajo.
- Artículo 19. Rendimiento neto del trabajo.
- Artículo 20. Reducción por obtención de rendimientos del trabajo.
Sección 2.ª Rendimientos del capital
Subsección 1.ª Rendimientos del capital inmobiliario
- Artículo 22. Rendimientos íntegros del capital inmobiliario.
- Artículo 23. Gastos deducibles y reducciones.
- Artículo 24. Rendimiento en caso de parentesco.
Subsección 2.ª Rendimientos del capital mobiliario
- Artículo 25. Rendimientos íntegros del capital mobiliario.
- Artículo 26. Gastos deducibles y reducciones.
Sección 3.ª Rendimientos de actividades económicas
- Artículo 27. Rendimientos íntegros de actividades económicas.
- Artículo 28. Reglas generales de cálculo del rendimiento neto.
- Artículo 29. Elementos patrimoniales afectos.
- Artículo 30. Normas para la determinación del rendimiento neto en estimación directa.
- Artículo 31. Normas para la determinación del rendimiento neto en estimación objetiva.
- Artículo 32. Reducciones.
Sección 4.ª Ganancias y pérdidas patrimoniales
- Artículo 33. Concepto.
- Artículo 34. Importe de las ganancias o pérdidas patrimoniales. Norma general.
- Artículo 35. Transmisiones a título oneroso.
- Artículo 36. Transmisiones a título lucrativo.
- Artículo 37. Normas específicas de valoración.
- Artículo 38. Ganancias excluidas de gravamen en supuestos de reinversión.
- Artículo 39. Ganancias patrimoniales no justificadas.
CAPÍTULO III. Reglas especiales de valoración
- Artículo 40. Estimación de rentas.
- Artículo 41. Operaciones vinculadas.
- Artículo 42. Rentas en especie.
- Artículo 43. Valoración de las rentas en especie.
CAPÍTULO IV. Clases de renta
CAPÍTULO V. Integración y compensación de rentas
- Artículo 47. Integración y compensación de rentas.
- Artículo 48. Integración y compensación de rentas en la base imponible general.
- Artículo 49. Integración y compensación de rentas en la base imponible del ahorro.
TÍTULO IV. Base liquidable
CAPÍTULO I. Reducciones por atención a situaciones de dependencia y envejecimiento
- Artículo 51. Reducciones por aportaciones y contribuciones a sistemas de previsión social.
- Artículo 52. Límite de reducción.
- Artículo 53. Reducciones por aportaciones y contribuciones a sistemas de previsión social constituidos a favor de personas con discapacidad.
- Artículo 54. Reducciones por aportaciones a patrimonios protegidos de las personas con discapacidad.
CAPÍTULO II. Reducción por pensiones compensatorias
TÍTULO V. Adecuación del impuesto a las circunstancias personales y familiares del contribuyente
- Artículo 56. Mínimo personal y familiar.
- Artículo 57. Mínimo del contribuyente.
- Artículo 58. Mínimo por descendientes.
- Artículo 59. Mínimo por ascendientes.
- Artículo 60. Mínimo por discapacidad.
- Artículo 61. Normas comunes para la aplicación del mínimo del contribuyente y por descendientes, ascendientes y discapacidad.
- Artículo 61 bis. Reducción por cuotas y aportaciones a partidos políticos.
TÍTULO VI. Cálculo del impuesto estatal
CAPÍTULO I. Determinación de la cuota íntegra estatal
- Artículo 62. Cuota íntegra estatal.
- Artículo 63. Escala general del Impuesto.
- Artículo 64. Especialidades aplicables en los supuestos de anualidades por alimentos a favor de los hijos.
- Artículo 65. Escala aplicable a los residentes en el extranjero.
- Artículo 66. Tipos de gravamen del ahorro.
CAPÍTULO II. Determinación de la cuota líquida estatal
- Artículo 67. Cuota líquida estatal.
- Artículo 68. Deducciones.
- Artículo 69. Límites de determinadas deducciones.
- Artículo 70. Comprobación de la situación patrimonial.
TÍTULO VII. Gravamen autonómico
CAPÍTULO I. Normas comunes
CAPÍTULO II. Residencia habitual en el territorio de una Comunidad Autónoma
CAPÍTULO III. Cálculo del gravamen autonómico
Sección 1.ª Determinación de la cuota íntegra autonómica
- Artículo 73. Cuota íntegra autonómica.
- Artículo 74. Escala autonómica del Impuesto.
- Artículo 75. Especialidades aplicables en los supuestos de anualidades por alimentos a favor de los hijos.
- Artículo 76. Tipo de gravamen del ahorro.
Sección 2.ª Determinación de la cuota líquida autonómica
- Artículo 77. Cuota líquida autonómica.
- Artículo 78. Tramo autonómico de la deducción por inversión en vivienda habitual.
TÍTULO VIII. Cuota diferencial
- Artículo 79. Cuota diferencial.
- Artículo 80. Deducción por doble imposición internacional.
- Artículo 80 bis. Deducción por obtención de rendimientos del trabajo o de actividades económicas.
- Artículo 81. Deducción por maternidad.
- Artículo 81 bis. Deducciones por familia numerosa o personas con discapacidad a cargo.
TÍTULO IX. Tributación familiar
- Artículo 82. Tributación conjunta.
- Artículo 83. Opción por la tributación conjunta.
- Artículo 84. Normas aplicables en la tributación conjunta.
TÍTULO X. Regímenes especiales
Sección 1.ª Imputación de rentas inmobiliarias
Sección 2.ª Régimen de atribución de rentas
- Artículo 86. Régimen de atribución de rentas.
- Artículo 87. Entidades en régimen de atribución de rentas.
- Artículo 88. Calificación de la renta atribuida.
- Artículo 89. Cálculo de la renta atribuible y pagos a cuenta.
- Artículo 90. Obligaciones de información de las entidades en régimen de atribución de rentas.
Sección 3.ª Transparencia fiscal internacional
Sección 4.ª Derechos de imagen
Sección 5.ª Régimen especial para trabajadores desplazados
Sección 6.ª Instituciones de inversión colectiva
- Artículo 94. Tributación de los socios o partícipes de las instituciones de inversión colectiva.
- Artículo 95. Tributación de los socios o partícipes de las instituciones de inversión colectiva constituidas en países o territorios considerados como paraísos fiscales.
Sección 7.ª Ganancias patrimoniales por cambio de residencia
TÍTULO XI. Gestión del impuesto
CAPÍTULO I. Declaraciones
- Artículo 96. Obligación de declarar.
- Artículo 97. Autoliquidación.
- Artículo 98. Borrador de declaración.
CAPÍTULO II. Pagos a cuenta
- Artículo 99. Obligación de practicar pagos a cuenta.
- Artículo 100. Normas sobre pagos a cuenta, transmisión y obligaciones formales relativas a activos financieros y otros valores mobiliarios.
- Artículo 101. Importe de los pagos a cuenta.
CAPÍTULO III. Liquidaciones provisionales
- Artículo 102. Liquidación provisional.
- Artículo 103. Devolución derivada de la normativa del tributo.
CAPÍTULO IV. Obligaciones formales
- Artículo 104. Obligaciones formales de los contribuyentes.
- Artículo 105. Obligaciones formales del retenedor, del obligado a practicar ingresos a cuenta y otras obligaciones formales.
TÍTULO XII. Responsabilidad patrimonial y régimen sancionador
- Artículo 106. Responsabilidad patrimonial del contribuyente.
- Artículo 107. Infracciones y sanciones.