Ley 19/2010, de 7 de junio, de regulación del impuesto sobre sucesiones y donaciones (Comunidad Autónoma de Cataluña)
TÍTULO I. Adquisiciones por causa de muerte
CAPÍTULO I. Reducciones de la base imponible
Sección preliminar. Régimen general
Sección primera. Reducciones por circunstancias personales
- Artículo 2. Reducción por parentesco.
- Artículo 3. Reducción por discapacidad.
- Artículo 4. Reducción para personas de la tercera edad.
Sección segunda. Reducciones por seguros de vida
Sección tercera. Reducción por la adquisición de bienes y derechos afectos a una actividad económica
- Artículo 6. Supuestos de aplicación.
- Artículo 7. Concepto de actividad empresarial o profesional.
- Artículo 8. Bienes afectos.
- Artículo 9. Regla de mantenimiento.
Sección cuarta. Reducción por la adquisición de participaciones en entidades
- Artículo 10. Supuesto de aplicación.
- Artículo 11. Requisitos.
- Artículo 12. Concepto de entidad que gestiona un patrimonio mobiliario o inmobiliario.
- Artículo 13. Actividad económica y bienes afectos.
- Artículo 14. Regla de mantenimiento.
Sección quinta. Reducción por la adquisición de participaciones en entidades por parte de personas con vínculos laborales o profesionales
Sección sexta. Reducción por la adquisición de la vivienda habitual del causante
Sección séptima. Reducción por la adquisición de determinadas fincas rústicas de dedicación forestal
Sección octava. Reducción por la adquisición de bienes del causante utilizados en la explotación agraria del causahabiente
Sección novena. Reducción por la adquisición de bienes del patrimonio cultural
Sección décima. Reducción por la adquisición de bienes del patrimonio natural
Sección undécima. Reducción por sobreimposición decenal
Sección duodécima. Reducción adicional
Sección decimotercera. Derecho de opción en la reducción por parentesco y en la reducción adicional
Sección decimocuarta. Disposiciones comunes para las reducciones establecidas en las secciones tercera a décima
- Artículo 32. Ámbito de aplicación.
- Artículo 33. Base de las reducciones.
- Artículo 34. Bienes comunes de los cónyuges.
- Artículo 35. Regla de mantenimiento de los bienes o derechos adquiridos.
CAPÍTULO II. Otras normas en relación con las adquisiciones por causa de muerte
TÍTULO II. Adquisiciones lucrativas entre vivos
CAPÍTULO ÚNICO. Reducciones de la base imponible
Sección preliminar. Régimen general
Sección primera. Reducción por donación de un negocio empresarial o profesional
Sección segunda. Reducción por donación de participaciones en entidades
Sección tercera. Reducción por la donación de participaciones en entidades a personas con vínculos laborales o profesionales
Sección cuarta. Reducción por la donación de dinero para constituir o adquirir una empresa o un negocio profesional o para adquirir participaciones en entidades
Sección quinta. Reducción por la donación de bienes del patrimonio cultural
Sección sexta. Disposiciones comunes para las reducciones establecidas en las secciones primera a quinta
- Artículo 52. Ámbito de aplicación.
- Artículo 53. Regla de mantenimiento de los bienes o derechos objeto de la donación.
Sección séptima. Reducción por la donación de una vivienda que ha de constituir la primera vivienda habitual o por la donación de dinero destinado a la adquisición de dicha primera vivienda habitual
Sección octava. Reducción por aportaciones a patrimonios protegidos de discapacidades
TÍTULO III. Deuda tributaria
- Artículo 57. Tarifa.
- Artículo 58. Cuota tributaria.
- Artículo 58 bis. Bonificación de la cuota tributaria.
TÍTULO IV. Disposiciones comunes aplicables a las adquisiciones por causa de muerte y a las adquisiciones lucrativas entre vivos
- Artículo 59. Tratamiento fiscal de las parejas estables.
- Artículo 60. Relaciones entre un cónyuge o un conviviente en pareja estable y los hijos de su cónyuge o del otro miembro de la pareja.
- Artículo 61. Acuerdos de valoración previa vinculante.
TÍTULO V. Obligaciones formales
- Artículo 62. Aplicación de las normas sobre obligaciones formales.
- Artículo 63. Obligación de declarar y autoliquidar.
- Artículo 64. Obligación de presentar otros documentos además de la declaración y la autoliquidación en las transmisiones por causa de muerte.
- Artículo 65. Obligación de presentar otros documentos además de la declaración y la autoliquidación en las transmisiones lucrativas entre vivos.
- Artículo 66. Incumplimiento de la obligación de presentar documentos.
- Artículo 67. Obligación de los notarios de remitir por vía telemática los documentos que autoricen.
TÍTULO VI. Normas de aplicación del tributo
CAPÍTULO I. Liquidación del impuesto
- Artículo 68. Competencia.
- Artículo 69. Plazo de resolución en los procedimientos de gestión tributaria propios del impuesto.
- Artículo 70. Autoliquidaciones parciales a cuenta.