Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores.
TÍTULO PRELIMINAR
TÍTULO I. Del ámbito de aplicación de la Ley
- Artículo 2. Competencia de los Jueces de Menores.
- Artículo 3. Régimen de los menores de catorce años.
- Artículo 4. Derechos de las víctimas y de los perjudicados.
- Artículo 5. Bases de la responsabilidad de los menores.
- Artículo 6. De la intervención del Ministerio Fiscal.
TÍTULO II. De las medidas
- Artículo 7. Definición de las medidas susceptibles de ser impuestas a los menores y reglas generales de determinación de las mismas.
- Artículo 8. Principio acusatorio.
- Artículo 9. Régimen general de aplicación y duración de las medidas.
- Artículo 10. Reglas especiales de aplicación y duración de las medidas
- Artículo 11. Pluralidad de infracciones.
- Artículo 12. Procedimiento de aplicación de medidas en supuestos de pluralidad de infracciones.
- Artículo 13. Modificación de la medida impuesta.
- Artículo 14. Mayoría de edad del condenado.
- Artículo 15. De la prescripción.
TÍTULO III. De la instrucción del procedimiento
CAPÍTULO I. Reglas generales
- Artículo 16. Incoación del expediente.
- Artículo 17. Detención de los menores.
- Artículo 18. Desistimiento de la incoación del expediente por corrección en el ámbito educativo y familiar.
- Artículo 19. Sobreseimiento del expediente por conciliación o reparación entre el menor y la víctima.
- Artículo 20. Unidad de expediente.
- Artículo 21. Remisión al órgano competente.
- Artículo 22. De la incoación del expediente.
- Artículo 23. Actuación instructora del Ministerio Fiscal.
- Artículo 24. Secreto del expediente.
- Artículo 25. De la acusación particular.
- Artículo 26. Diligencias propuestas por las partes.
- Artículo 27. Informe del equipo técnico.
CAPÍTULO II. De las medidas cautelares
- Artículo 28. Reglas generales.
- Artículo 29. Medidas cautelares en los casos de exención de la responsabilidad.
CAPÍTULO III. De la conclusión de la instrucción
TÍTULO IV. De la fase de audiencia
- Artículo 31. Apertura de la fase de audiencia.
- Artículo 32. Sentencia de conformidad.
- Artículo 33. Otras decisiones del Juez de Menores.
- Artículo 34. Pertinencia de pruebas y señalamiento de la audiencia.
- Artículo 35. Asistentes y no publicidad de la audiencia.
- Artículo 36. Conformidad del menor.
- Artículo 37. Celebración de la audiencia.
TÍTULO V. De la sentencia
- Artículo 38. Plazo para dictar sentencia.
- Artículo 39. Contenido y registro de la sentencia.
- Artículo 40. Suspensión de la ejecución del fallo.
TÍTULO VI. Del régimen de recursos
- Artículo 41. Recursos procedentes y tramitación.
- Artículo 42. Recurso de casación para unificación de doctrina.
TÍTULO VII. De la ejecución de las medidas
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
- Artículo 43. Principio de legalidad.
- Artículo 44. Competencia judicial.
- Artículo 45. Competencia administrativa.
CAPÍTULO II. Reglas para la ejecución de las medidas
- Artículo 46. Liquidación de la medida y traslado del menor a un centro.
- Artículo 47. Refundición de medidas impuestas.
- Artículo 48. Expediente personal de la persona sometida a la ejecución de una medida.
- Artículo 49. Informes sobre la ejecución.
- Artículo 50. Quebrantamiento de la ejecución.
- Artículo 51. Sustitución de las medidas.
- Artículo 52. Presentación de recursos.
- Artículo 53. Cumplimiento de la medida.
CAPÍTULO III. Reglas especiales para la ejecución de las medidas privativas de libertad
- Artículo 54. Centros para la ejecución de las medidas privativas de libertad.
- Artículo 55. Principio de resocialización.
- Artículo 56. Derechos de los menores internados.
- Artículo 57. Deberes de los menores internados.
- Artículo 58. Información y reclamaciones.
- Artículo 59. Medidas de vigilancia y seguridad.
- Artículo 60. Régimen disciplinario.