Ley 34/2002, de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico
TÍTULO I. Disposiciones generales
CAPÍTULO I. Objeto
CAPÍTULO II. Ámbito de aplicación
- Artículo 2. Prestadores de servicios establecidos en España.
- Artículo 3. Prestadores de servicios establecidos en otro Estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo.
- Artículo 4. Prestadores establecidos en un Estado no perteneciente a la Unión Europea o al Espacio Económico Europeo.
- Artículo 5. Servicios excluidos del ámbito de aplicación de la Ley.
TÍTULO II. Prestación de servicios de la sociedad de la información
CAPÍTULO I. Principio de libre prestación de servicios
- Artículo 6. No sujeción a autorización previa.
- Artículo 7. Principio de libre prestación de servicios.
- Artículo 8. Restricciones a la prestación de servicios y procedimiento de cooperación intracomunitario.
CAPÍTULO II. Obligaciones y régimen de responsabilidad de los prestadores de servicios de la sociedad de la información
- Artículo 9. Constancia registral del nombre de dominio.
- Artículo 10. Información general.
- Artículo 11. Deber de colaboración de los prestadores de servicios de intermediación.
- Artículo 12. Deber de retención de datos de tráfico relativos a las comunicaciones electrónicas.
- Artículo 12 bis. Obligaciones de información sobre seguridad.
- Artículo 13. Responsabilidad de los prestadores de los servicios de la sociedad de la información.
- Artículo 14. Responsabilidad de los operadores de redes y proveedores de acceso.
- Artículo 15. Responsabilidad de los prestadores de servicios que realizan copia temporal de los datos solicitados por los usuarios.
- Artículo 16. Responsabilidad de los prestadores de servicios de alojamiento o almacenamiento de datos.
- Artículo 17. Responsabilidad de los prestadores de servicios que faciliten enlaces a contenidos o instrumentos de búsqueda.
CAPÍTULO III. Códigos de conducta
TÍTULO III. Comunicaciones comerciales por vía electrónica
- Artículo 19. Régimen jurídico.
- Artículo 20. Información exigida sobre las comunicaciones comerciales, ofertas promocionales y concursos.
- Artículo 21. Prohibición de comunicaciones comerciales realizadas a través de correo electrónico o medios de comunicación electrónica equivalentes.
- Artículo 22. Derechos de los destinatarios de servicios.
TÍTULO IV. Contratación por vía electrónica
- Artículo 23. Validez y eficacia de los contratos celebrados por vía electrónica.
- Artículo 24. Prueba de los contratos celebrados por vía electrónica.
- Artículo 25. Intervención de terceros de confianza.
- Artículo 26. Ley aplicable.
- Artículo 27. Obligaciones previas a la contratación.
- Artículo 28. Información posterior a la celebración del contrato.
- Artículo 29. Lugar de celebración del contrato.
TÍTULO V. Solución judicial y extrajudicial de conflictos
CAPÍTULO I. Acción de cesación
CAPÍTULO II. Solución extrajudicial de conflictos
TÍTULO VI. Información y control
- Artículo 33. Información a los destinatarios y prestadores de servicios.
- Artículo 34. Comunicación de resoluciones relevantes.
- Artículo 35. Supervisión y control.
- Artículo 36. Deber de colaboración.
TÍTULO VII. Infracciones y sanciones
- Artículo 37. Responsables.
- Artículo 38. Infracciones.
- Artículo 39. Sanciones.
- Artículo 39 bis. Moderación de sanciones.
- Artículo 40. Graduación de la cuantía de las sanciones.
- Artículo 41. Medidas de carácter provisional.
- Artículo 42. Multa coercitiva.
- Artículo 43. Competencia sancionadora.
- Artículo 44. Concurrencia de infracciones y sanciones.
- Artículo 45. Prescripción.